Equipo Directivo

Los órganos unipersonales de gobierno constituyen el Equipo Directivo del Centro, formado por el/la Director/a, el/la Jefe de Estudio y el/la Secretario/a.
Directora: Eva Mª Moreno
Jefe de estudios: Francisco Venegas
Secretaria: Paqui Chaves

Los órganos unipersonales de gobierno constituyen el Equipo Directivo del Centro, formado por el/la Director/a, el/la Jefe de Estudio y el/la Secretario/a.

 

Director

Son competencias del Director/a:

 

  1. Representar oficialmente a la Administración Educativa en el Centro y ostentar la representación oficial del mismo.

  2. Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.

  3. Dirigir y coordinar todas las actividades del Centro, de acuerdo con las disposiciones vigentes.

  4. Colaborar con los órganos de la Administración Educativa en todo lo relativo al logro de los objetivos del Centro, así como formar parte de los órganos consultivos de la Delegación Provincial que se establezcan.

  5. Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al Centro.

  6. Elevar a la Delegación Provincial, cuando corresponda, propuesta motivada de incoación de expediente disciplinario de dicho personal.

  7. Mantener las relaciones administrativas con la Delegación Provincial y proporcionar la información que le sea requerida por las autoridades competentes.

  8. Disponer la gestión de los medios materiales del Centro.

  9. Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del Centro y ordenar los pagos.

  10. Visar las documentaciones y documentos oficiales del Centro.

  11. Designar y proponer el nombramiento y cese de los restantes miembros del Equipo Directivo, así como designar y cesar a lo Coordinadores de ciclo y a los tutores.

  12. Fomentar y coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa y proporcionar los medios precisos para su funcionamiento.

  13. Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones del Consejo Escolar, del Claustro y del Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.

  14. Promover e impulsar las relaciones del Centro con las Instituciones de su entorno y facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona.

  15. Facilitar información sobre la vida del Centro a los distintos sectores de la comunidad educativa.

  16. Favorecer la convivencia en el Centro y garantizar el buen funcionamiento establecidos en este R.O.F. y con los criterios fijados por el Consejo Escolar.

  17. Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros de acuerdo con la legislación vigente.

  18. Favorecer la evaluación de todos los proyectos y actividades del Centro y colaborar con la Administración Educativa en las evaluaciones externas.

  19. Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente.

 

 

Jefe de Estudios

Compentencias del Jefe de Estudios.

 

  1. Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico y controlar la asistencia al trabajo del mismo.

  2. Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.

  3. Coordinar las actividades de carácter académico y de orientación.

  4. Coordinar la realización de las actividades complementarias y extraescolares en colaboración con los Coordinadores de ciclo, las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos/as y el representante del Ayuntamiento en el Consejo Escolar.

  5. Promover la realización de actividades extraescolares por parte del Ayuntamiento y otras instituciones del entorno, dentro del marco del Proyecto de Centro y en coherencia con las Finalidades Educativas.

  6. Elaborar, en colaboración con el Equipo directivo, el horario general del centro, los horarios académicos y de los maestros, de acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro, incluidos en el Plan Anual de Centro, así como velar por su estricto cumplimiento.

  7. Coordinar las actividades de los Coordinadores de ciclo.

  8. Coordinar y dirigir la acción de los tutores conforme al plan de acción tutorial.

  9. Coordinar y organizar las actividades de perfeccionamiento del profesorado de acuerdo con el plan de formación.

  10. Organizar actos académicos.

  11. Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa especialmente en lo que se refiere al alumnado,facilitando y orientando su organización.

  12. Organizar la atención y el cuidado del alumnado en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.

  13. Cualquier otra función que le sean atribuidas por la normativa vigente y por este Reglamento de Organización y Funcionamiento.

 

Secretario

Competencias del Secretario.

 

  1. Ordenar el régimen administrativo del Centro, de conformidad con las directrices del Director.

  2. Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del Centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.

  3. Custodiar los libros oficiales y archivos del Centro.

  4. Expedir, con el visto bueno del Director, las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.

  5. Realizar el inventario general del Centro y mantenerlo actualizado.

  6. Adquirir el material y el equipamiento del Centro, custodiar, coordinar y gestionar la utilización de los mismos y velar por su mantenimiento en todos los aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y las indicaciones del Director.

  7. Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscrito al Centro y controlar la asistencia al trabajo del mismo.

  8. Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, el horario del personal de administración y servicios, así como velar por su estricto cumplimiento.

  9. Elaborar, el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos del Centro.

  10. Ordenar el régimen económico del Centro, de conformidad con las instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

  11. Cualquier otra función que le encomiende el Director dentro de su ámbito de competencia.

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